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PATENTE EUROPEA

La Patente Europea se rige por el Convenio de Munich que entró en vigor para España el 1 de Octubre de 1986 y permite la concesión de una Patente para los países: España, Austria, Italia, Dinamarca, Luxemburgo, Portugal, Bélgica, Bulgaria Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Reino Unido, Suiza, Alemania, Suecia, Mónaco, Chipre, República Checa, Estonia, Hungría, Polonia, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Turquía y Liechtenstein.
 
PRIORIDAD: De acuerdo con el Convenio de la Unión de París, se dispone de un año para solicitar una Patente Europa reivindicando la fecha de solicitud de la presentación de una patente o modelo de utilidad en otro país de este Convenio.

Por otra parte, de conformidad con la nueva normativa referente a la Patente Europea, en la actualidad no es necesario designar los países reivindicados al formalizar la solicitud y, en consecuencia, en una primera fase solamente se solicita la Patente Europea y el informe de búsqueda pagando las correspondientes tasas.

En una segunda fase, y una vez realizado el informe de búsqueda, y publicada la solicitud en el boletín de patentes europeas en un plazo no superior a los 18 meses desde la solicitud, existe un plazo de seis meses en el que se deben designar los países que se reivindican y pagar las tasas correspondientes según los países designados al tiempo que se solicita el examen de patentabilidad.

Esta circunstancia permite que, después de examinar el informe de búsqueda, se reduzcan el número de países designados, con el consiguiente ahorro, en virtud de lo detectado en el citado informe.

Posteriormente dependiendo del resultado del examen la Patente Europea será o no concedida si presenta novedad, actividad inventiva y aplicación industrial y se publicará la concesión en el Boletín Europeo de Patentes abriéndose un plazo de 3 meses para proceder a la validación en los países designados. (ver proceso de concesión).

La validación consiste en convertir esta Patente Europea en patentes nacionales para lo cual es necesario la traducción al idioma del País, formalizar los requisitos y pagar las tasas establecidas en cada uno de ellos y, a partir de este momento, realizar el pago de las anualidades en cada uno para su mantenimiento en vigor.

- Documentación necesaria para solicitar una Patente Europea

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